seguro de salud

CAMBIOS EN LA LEY DE SEGUROS Y ASEGURADORAS

Aunque ya hayan pasado unos meses, a principios de este año entro en vigor la nueva Ley 20/2015 del 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras en la cual se detallan algunas modificaciones respecto a su antecesora, la Ley 50/1980 de 8 de octubre de contrato de seguro.

De entre las 3 modificaciones realizadas en pro de unas mejores garantías y una mayor transparencia para el asegurado, destaca la relativa al artículo 22. Este artículo hace referencia a uno de los aspectos más desconocidos para el tomador del seguro, el periodo de notificación para la no renovación o cancelación de los seguros de salud. Gracias a esta modificación y desde enero de este año, se ha reducido a un mes el tiempo mínimo para realizar el preaviso, por parte del tomador, para la no renovación o cancelación de su póliza de seguro. Por otro lado, en el caso de que sea la propia aseguradora la que decida cesar este servicio a un asegurado o modifique algún término del contrato, deberá notificárselo con un plazo de dos meses al asegurado. De este modo, y dado que por ley la contratación de un seguro de salud se realiza anualmente, en el caso de que una persona no desee renovar su seguro, deberá notificarlo con al menos un mes de antelación, es decir, a finales del mes de noviembre.

Debes tener muy en cuenta que ningún contrato de seguros de salud puede rescindirse una vez se haya efectuado su renovación. Por eso mismo, y dado que las aseguradoras informan con una antelación de dos meses a los tomadores del seguro a través de correo postal, sobre las nuevas primas de tu seguro, deberás notificar en ese momento tu renuncia a la prorrogación de dicho contrato, independientemente de cuáles sean las causas.

Para llevar a cabo este tipo de renuncias, es recomendable hacer llegar a la aseguradora una carta en la que se especifican tanto nuestros datos (nombre del tomador, DNI, teléfono de contacto, número de póliza…) como el motivo de la cancelación de la renovación de nuestro seguro. Así mismo, es altamente aconsejable solicitar una respuesta escrita a dicha carta de renuncia para asegurarnos de que la aseguradora ha recibido y aceptado el cese de nuestra póliza, y podremos evitarnos problemas posteriores ya que nos servirá como documento acreditativo de que realizamos las gestiones oportunas.

 

Es muy importante que tengas en cuenta esta nueva modificación a la hora de contratar y, sobre todo, de cancelar la prorrogación de tu seguro de salud. De este modo te evitarás complicaciones en el trámite. Si tienes más dudas sobre el proceso de cancelación de un seguro de salud, no dudes en contactar con un experto.